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Propinas no serán gravadas en México: IMSS confirma beneficio para trabajadores del turismo y la gastronomía

Ciudad de México | 17 de diciembre de 2025
Redacción | ReporteroAmbulante.com

Las propinas que reciben las y los trabajadores en México no son gravables ni forman parte del salario base de cotización, confirmó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), una determinación que representa un alivio económico directo y certeza jurídica para miles de personas que laboran en sectores como el turismo, la hotelería y la gastronomía.

Este criterio protege el ingreso real de meseros, camaristas, bartenders, cocineros y personal de servicio, quienes dependen en gran medida de aportaciones voluntarias de los clientes, ingresos que no son fijos, no están garantizados y varían según la temporada turística, especialmente en destinos como el Caribe Mexicano.

¿Por qué las propinas no serán gravadas?

De acuerdo con la resolución oficial, la propina no tiene naturaleza salarial, ya que:

  • Proviene de un tercero ajeno a la relación laboral (el cliente).
  • Es voluntaria, no obligatoria.
  • No está pactada en los Contratos Colectivos de Trabajo.
  • Depende de la afluencia turística y del consumo.

Por ello, el IMSS determinó que no debe integrarse al Salario Base de Cotización, ni utilizarse para el cobro de cuotas obrero-patronales.

Gestión sindical y resolución institucional

Este criterio fue confirmado tras un proceso de análisis jurídico impulsado por Isaías González Cuevas, dirigente nacional del Comité Ejecutivo Nacional de la CROC, quien en julio de 2024 solicitó formalmente una consulta legal ante la Dirección de Incorporación y Recaudación del IMSS para aclarar la naturaleza jurídica de las propinas.

Tras más de un año de revisión, que incluyó el análisis de la Ley del Seguro Social, la Ley Federal del Trabajo y criterios del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, las Coordinaciones de Fiscalización y de Control de Obligaciones del IMSS emitieron en octubre de 2025 una respuesta contundente:

“La propina no forma parte del salario base de cotización, siempre que provenga de un tercero distinto al patrón”.

Impacto social en el turismo y la economía local

La resolución beneficia principalmente a quienes trabajan en zonas turísticas, donde las propinas representan una parte fundamental del ingreso familiar. Además, evita cargas económicas indebidas que podrían afectar la estabilidad laboral, el empleo formal y la permanencia de negocios del sector servicios.

Este criterio cobra relevancia ante la postura previa del Sistema de Administración Tributaria (SAT), que consideraba las propinas como un ingreso sujeto al Impuesto Sobre la Renta (ISR). La determinación del IMSS marca un precedente clave en la defensa de los derechos laborales y la economía de quienes viven del turismo.

Lo que deben saber trabajadores y empleadores

  • Las propinas no son salario
  • No deben incluirse para cuotas del IMSS
  • No pueden ser retenidas por el patrón
  • Siguen siendo voluntarias por parte del cliente

Especialistas coinciden en que este criterio brinda certeza jurídica, evita interpretaciones discrecionales y fortalece la protección de los derechos laborales en uno de los sectores más importantes de la economía nacional.

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